Es el documento público que prueba el hecho de la muerte y su causa. Sirve para que la defunción quede anotada en el Registro Civil de Nacimiento y en el Registro Civil de Matrimonio, si lo hubo. También permite el inicio de los trámites de sucesión.
Además, la diligencia de defunción la comunica el notario a la Registraduría Nacional del Estado Civil para cancelar la cédula de ciudadanía.
Requisitos:
- Denuncio de la defunción dentro de los dos días después de haber conocido el fallecimiento. De haber excedido este plazo, debe presentar orden impartida por el inspector de policía, previa solicitud escrita del interesado donde explica las causas del retraso.
- Certificado médico de defunción o declaración de dos testigos cuando no haya médico en la localidad.
- Copia de la cédula de ciudadanía de quien registra el fallecimiento.
- Orden judicial, si la muerte fue violenta o se desconocen los motivos.
- Para el caso de muerte presunta por desaparecimiento, sentencia judicial en firme.
Tiempo estimado de entrega: El mismo día.
Costo: La inscripción en el registro no tiene costo. Las copias, según tarifa oficial
PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD PRESENCIAL
- Suministrar la información requerida.
- Realizar pago.
- Recibir copia del registro civil.
PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD NO PRESENCIAL
- Realizar una solicitud dirigida a la Notaria Cuarta, debidamente autenticada.
- Realizar una consignación en Bancolombia en la cuenta de corriente No.82000004570 a nombre de Rubén Darío Galvis García, por los siguientes valores:
Cada copia del registro civil $9.800 (TARIFA 2024)
Porte del correo $14.000
3. Preguntar en el banco si le cobran comisión nacional, por consignar en otra plaza, y asumir ese valor.
4. Enviar al correo electrónico notaria4decucuta@yahoo.com.mx, copia de la consignación y la solicitud debidamente
autenticada, dirección, ciudad, y teléfono al lugar donde se le debe enviar la copia de su registro civil.